Abierto el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones municipales y al Conselh Generau d’Aran del 28 de mayo

  • El derecho a sufragio se puede ejercer a distancia a través del voto por correo para las personas que no se encuentran en el territorio el día de los comicios. El plazo está abierto hasta el 18 de mayo y la solicitud se puede tramitar de forma presencial en las oficinas de correos o online a través de su web.

El Boletín Oficial del Estado (BOE)  publicó el pasado 4 de abril el Real Decreto 207/2023, de 3 de abril, por el cual se convocan las elecciones locales del 28 de mayo. Así mismo, el 4 de abril se publicaban también en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya los Decretos de convocatoria de las elecciones al Conselh Generau d’Aran y a la presidencia de las entidades municipales descentralizadas, aprobadas por el Consejo de Gobierno del 28 de marzo.

El derecho a sufragio puede ser ejercido a distancia a través del voto por correo por las personas que no se encuentran en el territorio el día de los comicios.

El plazo para solicitar el voto por correo está abierto hasta el 18 de mayo y la solicitud puede tramitarse de forma presencial, recogiendo el impreso de solicitud en las oficinas de Correos o se puede presentar online a través de la web de Correos (para ello habrá que disponer de DNI electrónico o certificado digital válido).

En el impreso de solicitud, tendrás que especificar la dirección postal donde quieres que se envíe la documentación electoral. La Oficina de Censo Electoral te hará llegar a esta dirección.

  • Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presentan a cada uno de los procesos convocados.
  • Un sobre de votación para cada proceso electoral.
  • El certificado de inscripción en el censo.
  • Un sobre con la información de tu mesa electoral.
  • Un documento explicativo.

Una vez recibida toda la documentación, escoge la papeleta de votación para cada proceso para el que vayas a votar e introdúcela en el sobre de votación correspondiente (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco).

  • Introduce los sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de tu mesa electoral.
  • No introduzcas ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en ese caso tu voto será considerado nulo.
  • Lleva este sobre a Correos hasta el 24 de mayo. El envío es gratis, pero recuerda que tendrás que presentar el DNI en vigor original.

El día de las elecciones, Correos hará llegar todos los sobres que contienen votos a las mesas electorales. Una vez finalizada la votación (a las 20:00 horas) y antes de realizar el escrutinio, la mesa introducirá los sobres de voto recibidos por correo en las urnas.

Y recuerda: si votas por correo y tu solicitud es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el día de las elecciones.

Puedes encontrar más información en:

https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/interior/Paginas/2023/040423-voto-por-correo-elecciones-espana.aspx

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